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Transcripción de la intervención del diputado Carlos Bello Otero, para dar el posicionamiento en nombre del GPPAN, del dictamen de la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 135 de la Ley Agraria, durante la Sesión Ordinaria

JUEVES, 24 DE NOVIEMBRE DE 2016

Ciudad de México, 24 de noviembre de 2016

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO CARLOS BELLO OTERO, PARA DAR EL POSICIONAMIENTO EN NOMBRE DEL GPPAN, DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE REFORMA AGRARIA, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE REFORMA EL ARTÍCULO 135 DE LA LEY AGRARIA, DURANTE LA SESIÓN ORDINARIA

 

DIPUTADO CARLOS BELLO OTERO (CBO): Con su venia, Presidenta.

 

Señoras y señores diputados:

 

La importancia que reviste en nuestros días el reactivar la vida del campo mexicano es de la mayor trascendencia.

 

El mundo como lo conocemos actualmente está cambiando y sumando diversos actores que nos obligan a mirar hacia adentro de nuestro propio territorio y hacer una reingeniería en muchos de los sectores.

 

El sector del campo demanda no sólo una reactivación en el tema económico sino también un marco legal que dé a los mexicanos de este sector las garantías de seguridad jurídica ante los reclamos y controversias en los ejidos y propiedades comunales, ya que la dilación o errores en los procedimientos conllevan una baja en la productividad afectando las siembras y las cosechas.

 

Dichas afectaciones se combinan en una espiral de daños directos y colaterales hacia el sector así como para las familias en los núcleos ejidales.

 

En Acción Nacional entendemos que la impartición y procuración de justicia es fundamental para todas las actividades económicas en nuestro país y sabemos que el campo no debe, por ningún modo, quedar fuera de este marco regulatorio.

 

En el artículo 135 de la Ley Agraria en relación con el artículo 1º de su reglamento interior, se expresa que la Procuraduría Agraria debe en todo momento vigilar las garantías de los poseedores de derechos agrarios en su legítimo derecho sobre las tierras agrarias y parcelarias tanto en lo individual como en lo colectivo con el uso, goce y disfrute de los núcleos ejidales y parcelas, así como de los miembros del ejido.

 

Con la reforma aquí propuesta se señalará de manera clara y precisa a los posesionarios en el artículo 135 de la Ley agraria para que éstos sean reconocidos dentro de las obligaciones que marca la Procuraduría Agraria de defender los derechos de los posesionarios y sus sucesores.

 

Es pertinente mencionar que, de acuerdo con el Sistema Integral de Modernización Catastral y Regional de nuestro Registro Agrario Nacional, en nuestro país hasta el mes de diciembre de 2015, solo existen 6 mil 999 personas que han sido reconocidas como posesionarios de tierras ejidales y que cuentan con certificados parcelarios vigentes.

 

Esta cifra sólo equivale al 15.3 por ciento de la población total de ejidos y comunidades del país.

 

Este dato alarmante nos alerta sobre la necesidad de fortalecer al campo mexicano mediante la extensión del derecho de asesoría y representación por parte de la Procuraduría Agraria.

 

Desde esta Soberanía debemos elevar el porcentaje de la población de ejidos y comunidades que ejerzan este derecho.

 

En aras de alcanzar este objetivo, la bancada de Acción Nacional votará a favor del presente dictamen e invitamos a las diputadas y a los diputados a hacer lo propio en favor de los mexicanos y las mexicanas que viven por el campo y para el campo.

 

Hoy más que nunca nuestro sector agrario merece el respaldo de todas y de todos nosotros.

 

Es cuanto, señor Presidente.

 

Muchísimas gracias. 

 

--ooOOoo--

 

MRA

AUDIO DIP. CARLOS BELLO 24NOV16 DICTAMEN POSESIONARIOS DE LA TIERRA



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