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Transcripción de la intervención de la Diputada Patricia García García, para dar el posicionamiento, en nombre del GPPAN, del dictamen de las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Justicia, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Nacional de Procedimientos Penales, durante la Sesión Ordinaria

MARTES, 6 DE DICIEMBRE DE 2016

Ciudad de México, 06 de diciembre de 2016

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA PATRICIA GARCÍA GARCÍA, PARA DAR EL POSICIONAMIENTO, EN NOMBRE DEL GPPAN, DEL DICTAMEN DE LAS COMISIONES UNIDAS DE IGUALDAD DE GÉNERO Y DE JUSTICIA, QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, DURANTE LA SESIÓN ORDINARIA

 

DIPUTADA PATRICIA GARCÍA GARCÍA (PGG): Con su permiso, señora Presidenta.

 

Compañeras y compañeros:

 

En Acción Nacional cuando hablamos de la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, sabemos que ello no se trata únicamente de acciones para dar a conocer cuáles y cuántos son los derechos de las mujeres, su naturaleza y fundamento; sino, sobre todo, de instituir mecanismos seguros para garantizarlos, para impedir que sean continuamente violados.

 

Es en ese sentido, que Acción Nacional reconoce la relevancia de la propuesta que se pone a disposición del pleno a través del dictamen que hoy se discute, ya que la misma tiene como principal propósito consolidar la efectividad de uno de los mecanismos más importantes para la protección pronta y expedita de las mujeres víctimas de violencia que se han instituido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; hablamos de las órdenes de protección de emergencia y preventivas.

 

Éstas son medidas de protección y providencia precautoria, y tienen por objeto el proteger a las personas de daños irreparables frente a situaciones de gravedad y urgencia.

 

Así, a través el dictamen que se pone a consideración de este pleno, se proponen reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Nacional de Procedimientos Penales, con los siguientes objetivos:

 

Especificar algunos contenidos concretos que debe tener el banco de datos sobre las órdenes de protección y de las personas sujetas a ellas. Por ejemplo, datos de las víctimas, el tipo de orden y el seguimiento e incumplimiento de las mismas, todo con estricto apego a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en materia de datos personales.

 

 

Establecer que la temporalidad de las órdenes de emergencia y preventivas estará sujeta a su exposición al riesgo, y que deberá expedirse en el transcurso de las seis horas siguientes al conocimiento de los hechos que la generen.

 

Instituir que el Ministerio Público tendrá la facultad de dictar oficiosamente las órdenes de protección preventivas o de emergencia, sin necesidad de autorización judicial previa o posterior y sin perjuicio de que pueda sustituirla por alguna medida de protección o providencia precautoria de las previstas en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Señalar que en casos de violencia contra las mujeres, si el Juez advirtiere algún riesgo para la víctima u ofendido, deberá emitir alguna orden de protección preventiva o de emergencia prevista en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Como se observa, todas las propuestas van en el sentido de dotar de mayor seguridad jurídica a las mujeres víctimas de violencia, cuya integridad física, psicológica, libertad y seguridad se encuentren en grave riesgo.

 

Para Acción Nacional, indudablemente la justicia debe tener un lugar central en los esfuerzos destinados a ayudar a las mujeres a convertirse en socias igualitarias en la toma de decisiones y en el desarrollo del país.

 

Reconocemos que sin justicia, ellas carecen de representación y poder, y no ocupan el lugar que les corresponde por derecho.

 

Es por ello que en el Grupo Parlamentario del PAN se votará por la aprobación del presente dictamen, pues estamos ciertos de que el mismo está por la defensa de los derechos básicos de las personas a través del acceso a recursos judiciales idóneos y efectivos.

 

Aspecto que, para nosotros, se han constituido en una demanda ciudadana constante, que sin duda pugna porque, como legisladores, cumplamos con la tarea de mejorar los mecanismos de acceso a servicios judiciales de calidad.

 

Compañeras y compañeros: con un ordenamiento jurídico y sistemas judiciales adecuados, las mujeres pueden prosperar y contribuir mejor al progreso de la sociedad en su conjunto.

 

Actuemos en consecuencia y refrendemos nuestro compromiso con la ciudadanía, dando nuestra aprobación a proyectos como el que hoy se discuten, que al garantizar los derechos y libertades de las mujeres, en este caso, el derecho a una vida libre de violencia, impulsan al mismo tiempo el desarrollo y la prosperidad de nuestro país.

 

Es cuanto.

 

--ooOOoo--

 

MRA                                                                                                                            

 

AUDIO DIP. PATRICIA GARCÍA 06DIC16 DICTAMEN ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES



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