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Transcripción de la intervención del Dip. Jorge Triana Tena, para presentar reservas en el dictamen por el que se reforma el Código Penal Federal.

JUEVES, 23 DE FEBRERO DE 2017

Ciudad de México, 23 de febrero de 2017

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO JORGE TRIANA TENA, PARA PRESENTAR RESERVAS AL DICTAMEN POR EL QUE SE  REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 171 Y 172 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, DURANTE LA SESIÓN ORDINARIA

DIPUTADO JORGE TRIANA TENA (JTT): Con su permiso, Diputado Presidente.

El dictamen, el proyecto que estamos discutiendo en este momento, tiene un fin noble, tiene un fin muy concreto, que encuadra perfectamente en los tres aspectos que debe salvaguardar el Estado: la vida, la libertad y la propiedad de los ciudadanos. No tenemos duda de ello.

No tenemos duda tampoco que ha habido experiencias exitosas como la de la Ciudad de México, donde el alcoholímetro ha salvado muchísimas vidas y las estadísticas mencionadas por varias de mis compañeras y compañeros anteriormente así lo ratifican, así lo demuestran.

Hay un alcoholímetro y repito la palabra, alcoholímetro. El alcoholímetro es ciencia, el alcoholímetro es medición, el alcoholímetro son parámetros.

Señoras y señores, no existen los textímetros y al no existir los textímetros caemos en la ambigüedad legislativa y al caer en la ambigüedad legislativa estamos violentando dos principios que son elementales y que debemos seguir escrupulosamente, al momento de llevar a cabo nuestro trabajo.

En principio de proporcionalidad y de taxatividad, consagrado en el artículo 14 constitucional, que nos dice que “Ni por analogía, ni por mayoría de razón, debe de haber ningún tipo de dudo sobre el encuadre en el tipo penal”.

La acción que se está sancionando con prisión debe de escribirse de manera escrupulosa, de manera exacta, quién nos comprueba –señoras y señores—que se estaba texteando. Cómo se sabe si nada más estaba viendo el teléfono.

Dice que emplear aparatos de radiocomunicación, para empezar el teléfono celular usa microondas no señales de radio, pero bueno, eso es otro tema.

Pero quién nos va a comprobar que realmente la consecuencia, la consecuencia de lo que veníamos haciendo en el automóvil fue el daño material o hasta de pérdida de vidas humanas.

La pena es –señoras y señores—desproporcionada.

Tenemos que seguir los requisitos de generalidad, de abstracción, impersonalidad y proporcionalidad, si no estamos cayendo, por supuesto, en excesos y no es lo que estamos buscando.

Estamos cayendo en exceso de legislación, porque esto ya estaba previsto.

No podemos, señoras y señores legisladores, legislar al vapor y no podemos, señoras y señores, legislar por coyunturas políticas o noticiosas; necesitamos tener claridad jurídica.

Esto, si se aprueba en sus términos, va a generar muchísimas dudas, muchísimas dudas, sobre todo, va a generar dudas sobre la seguridad jurídica, no otorga ninguna seguridad jurídica al ser el verbo textear, utilizar aparatos de radiocomunicación, algo tan  ambiguo, algo tan etéreo.

Por supuesto que también va en detrimento de la legalidad, del principio de legalidad, no solamente del ciudadano y de la víctima, que en su mayoría son jóvenes los que utilizan los celulares, sino también del juzgador, del Ministerio Público, que va a estar en un dilema completo al  momento de tomar una decisión.

No tomemos decisiones etéreas, no tomemos decisiones al vapor.

En un sistema democrático, en un país como el nuestro, donde insisto, tenemos que salvaguardar la vida, la liberta y la propiedad de las personas, el aumento de las penas no puede ser política pública.

El incrementar las penas con algo que ya existe no puede ser una constante, no podemos criminalizar a las personas que utilizan un celular.

Primero, antes de tomar esta medida que tiene que ser la última instancia, tenemos que emprender medidas sociales como, por ejemplo, las medidas preventivas, campañas de socialización, campañas de concientización entre los jóvenes, para evitar que se den estas situaciones. Esto no ha sucedido, tiene que ser la última instancia, tiene que topar.

Insisto, el textear, el utilizar un teléfono celular o cualquier aparato de radiocomunicación es una ambigüedad; la ambigüedad nos lleva al error jurídico, compañeras y compañeros  diputados.

Hay que ser serios al momento de legislar.

Nuestra propuesta, por eso, de reserva, es otorgar, por lo menos, esta potestad a los gobiernos estatales, además creemos que es materia de legislación eminentemente estatal.

Vamos a modificar estos dos artículos 171 y 172, en ese sentido.

Pero lo más importante es el segundo párrafo del 172, donde se nos dice: a quien cometa el delito al que se refiere el párrafo anterior, mientras se utiliza algún equipo de radiocomunicación, salvo que se emplee con tecnología de manos libres – señores-- qué es tecnología de manos libres?

Si yo vengo escuchando un partido futbol, en un aparato de radio, es tecnología de manos libres, pero vengo distraído. La ambigüedad nos lleva a violentar los requisitos formales que tenemos de proporcionalidad y taxatividad, por lo tanto propongo esta reserva y les suplico seriedad al momento de tomar nuestras decisiones.

 

Muchas gracias.

 

--ooOOoo--

 

ATM

AUDIO DE LA INTERVENCIÓN DEL DIP. JORGE TRIANA TENA, PARA PRESENTAR RESERVAS EN EL DICTAMEN QUE REFORMA EL CÓDIGO PENAL FEDERAL



Diputados

 

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