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Transcripción de la intervención del Dip. Juan Carlos Ruíz, para presentar reserva al artículo 32 bis del dictamen de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

MARTES, 7 DE MARZO DE 2017

Ciudad de México, 7 de marzo de 2017

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE JUAN CARLOS RUÍZ GARCÍA, PARA PRESENTAR RESERVA AL ARTÍCULO 32 BIS DEL DICTAMEN  QUE ABROGA LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL 25 DE FEBRERO DE 2003, Y SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

 

DIPUTADO JUAN CARLOS RUÍZ GARCÍA (JCRG): Con el permiso de la Presidencia.

 

Efectivamente las reservas que un servidor registró fue la del artículo 44, la del artículo 63, quedan entonces retiradas y me concentraré en la propuesta de una reserva relativa a la iniciativa que contiene el proyecto de decreto, que es precisamente en este proyecto de dictamen, la Ley Forestal vigente, la Ley de Desarrollo Forestal vigente, contempla un artículo, el 38, que el nuevo proyecto ya no lo contiene.

 

La división de Poderes que está contemplada en nuestra Constitución Política como esencia, el establecer pesos y contrapesos en el ejercicio de la función pública, ello con el objetivo de garantizar a los ciudadanos que los recursos que confiaba el gobierno para funcionamiento del Estado, sean utilizados para la consecución del bien común, sin  primigenio de cualquier Estado- Nación.

 

En este sentido, es necesario vigilar dispositivos jurídicos contengan mecanismos que posibiliten el ejercicio de los pesos y contrapesos, que lleven a la función pública a obtener mejores resultados a favor de los ciudadanos.

 

En la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable vigente se establece en el artículo 38, la obligación que tiene el titular del Ejecutivo Federal de informar, de incorporar sus informes anualmente para rendir cuentas a este Congreso, en un tema tan fundamental y de seguridad nacional como son los recursos forestales.

 

De esta manera es que hacemos la siguiente propuesta, que es precisamente que este nuevo proyecto de ley, venga dotado de la responsabilidad que tiene el Ejecutivo en la ley vigente actual, ahora a través de la Comisión Nacional Forestal, que sea el Ejecutivo Federal a través de ella, quien rinda cuentas al Congreso de la Unión.

 

De esa manera quedaría en el artículo 32, último párrafo, una adición que dijera el Ejecutivo Federal a través de la Comisión Nacional Forestal incorporará en sus informes anuales que debe rendir ante el Congreso de la Unión un informe sobre el estado que guarda el sector forestal.

 

Las leyes locales estipularán los procedimientos de rendición de cuentas del Ejecutivo de la entidad a la Legislatura respectiva, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios informarán anualmente a la Secretaría y a la Comisión los resultados obtenidos en términos de los convenios o acuerdos de coordinación celebrados.

 

De esa manera es como podemos garantizar que con esta nueva reforma, al menos el Ejecutivo Federal, a través de la Comisión Nacional Forestal, tendrá esta obligación ante la representación popular de nuestro país.

 

Es cuanto, Diputada Presidenta.

 

--ooOOoo—

AVC

AUDIO DEL DIP. JUAN CARLOS RUÍZ GARCÍA, RESERVA, DICTAMEN LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE



Diputados

 

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