Ciudad de México, 5 de abril de 2017
TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO GERARDO FEDERICO SALAS DÍAZ, DURANTE LA DISCUSIÓN DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 381 BIS, Y SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 381 TER Y 381 QUÁTER AL CÓDIGO PENAL FEDERAL.
DIPUTADO GERARDO FEDERICO SALAS DÍAZ (GFSD): Con su permiso, Presidenta.
Señoras y señores diputados:
Los legisladores somos sensibles ante la situación actual que atraviesa el campo mexicano.
Nuestros pequeños y medianos productores agropecuarios enfrentan grandes retos y desventajas en la comercialización, la producción e integración de las cadenas productivas y, además, ante un escaso apoyo y falta de financiamiento oportuno al sector agroalimentario.
Y por su fuera poco y aprovechando los vacíos que existen en los diferentes ordenamientos jurídicos, se enfrentan diariamente a la práctica del abigeato o robo de ganado.
Es importante que en México logremos erradicar este delito, ya que el robo de ganado acumula pérdidas millonarias para los productores del campo y debido al éxito de los delincuentes se ha vuelto una práctica común en diversas regiones de nuestro país, que va desde los robos solitarios hasta la práctica cotidiana empleada por el crimen organizado.
Las organizaciones ganaderas de los diferentes estados de la República aseguran que el robo de ganado o abigeato ha repuntado en los últimos años, los caballos, las vacas, los becerros y los borregos son los principales animales robados y las pérdidas para los ganaderos son millonarias.
Por estos motivos, el día de hoy sometemos a consideración de esta soberanía un dictamen que reforma el artículo 381 Bis y se adicionan los artículos 381 Ter y 381 Quáter del Código Penal Federal.
En el artículo 381 Bis del citado Código Penal se denota una ambigüedad en los términos, no se utiliza el concepto de abigeato y solo se hace mención de ganado mayor y menor, sin precisar qué tipo de especies entran en ambos casos, y las sanciones no están bien definidas, por lo que deja una amplia discrecionalidad en la imposición de las mismas.
Por este motivo, proponemos un artículo 381 Ter, en donde se explica claramente qué se entiende por ganado, así como las penas que se impondrán a quien o quienes cometan el delito y que van desde dos a 10 años de prisión.
En el artículo 381 Quáter, que nos especifica cómo el delito de abigeato es considerado calificado y sus penas, que van desde tres a 15 años cuando el abigeato sea cometido por una asociación delictuosa, banda o pandilla, sea cometido por quien tenga una relación laboral o de parentesco hasta en el cuarto grado con el dueño del ganado y cuando se ha cometido con violencia o por servidores públicos.
Es inaplazable que la ley se aplique con firmeza y acabar con el lastre de la corrupción en el campo mexicano, sobre todo en materia de justicia.
Además es necesaria una adecuación en las legislaciones de las entidades federativas, ya que 27 estados de la República tipifican el delito de abigeato, 3 no utilizan el término de abigeato y 2 entidades federativas no sancionan el delito bajo término alguno.
Asimismo es práctica común que el abigeato, al ser considerado como un delito no grave, los delincuentes salen pagando fianzas muy raquíticas e incluso por debajo del valor del ganado robado. Esto se traduce en atractivas ganancias para quienes cometen este ilícito.
De la misma manera, los altos índices de corrupción de las autoridades locales en muchas regiones ganaderas del país, han propiciado que los dueños del ganado, ya no presenten denuncias, en buena medida porque el grado de impunidad, de corrupción y debilidad de las leyes en los estados.
Señoras y señores:
Con la presentación de este dictamen, aprovechamos para pedir de manera urgentemente que el Gobierno Federal y sus dependencias actúen, ya que el problema del campo es de todos y la suma de voluntades y acciones puede lograr que se le dé la verdadera importancia en la producción nacional y sus cadenas de valor.
Lo hacemos así porque las instituciones del Gobierno Federal, las que tienen la obligación de salvaguardar los bienes de quienes producen día a día nuestros alimentos.
Debemos fortalecer la estructura de nuestra ganadería y con ello mejorar la calidad de vida de nuestros productores y sus familias.
Por estas razones, es que pido a todas las compañeras diputadas y compañeros diputados presentes en este Pleno, a votar a favor de este dictamen, el cual beneficiará de forma directa a nuestros productores agropecuarios.
Con leyes más claras y justas estamos protegiendo el patrimonio de quienes procuran día a día la producción y el abasto de nuestros alimentos.
Es cuanto Presidenta.
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YMJ