Ciudad de México, 28 de junio de 2017
TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA MINERVA HERNÁNDEZ RAMOS, PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 58, 82 Y 88 DE LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL, DURANTE LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE, EN EL SENADO DE LA REPÚBLICA
DIPUTADA MINERVA HERNÁNDEZ RAMOS (MHR): Con su permiso, Senador Presidente.
Apreciados compañeros legisladores:
En nombre de la diputada María Luisa Sánchez y propio, comentarles que en Acción Nacional creemos firmemente que se deben fortalecer las haciendas públicas municipales, que son las que atienden en lo inmediato las demandas de los servicios de los ciudadanos y que no cuentan con la capacidad técnica y operativa para responder a contingencias que ponen en peligro la integridad y la vida de sus habitantes.
Por sus características geológicas y topográficas, México resulta ser un país que requiere de manera urgente contar con un Sistema Nacional de Protección Civil más eficaz y preparado para atender cualquier emergencia.
Se han hecho grandes esfuerzos por fortalecer esta labor que salvaguarde a la ciudadanía ante cualquier riesgo o desastre.
Es una realidad que existen entidades federativas y municipios cuyas comunidades son vulnerables a una catástrofe, pero que no cuentan con los recursos para la prevención, ni mucho menos para hacer frente a las situaciones de desastre, una vez que ocurren.
La Ley General de Protección Civil define a las emergencias como una anormalidad que amenaza o daña a la sociedad, debido a un agente perturbador.
También establece que un desastre se refiere a aquellos resultados que arrojan uno o más agentes perturbadores externos, sean de origen natural o humano, afectando una zona determinada, más allá de su capacidad de respuesta.
Es pertinente hacer énfasis en la incapacidad financiera de la mayoría de los municipios de este país que, pese a ser vulnerables, no cuentan con recursos, capacitación ni equipamiento en caso de siniestro.
Pero hay que decir, que la distribución de los recursos para el Sistema Nacional de Protección Civil, el Fondo de Desastres Naturales y el Fondo para la Prevención de Desastres Naturales, no es la más la adecuada.
Tenemos el caso del municipio de Cuernavaca, que en octubre de 2016 declaró a la Dirección de Protección Civil prácticamente incapacitada para realizar acciones inherentes a la protección civil, desamparando a sus habitantes frente a cualquier contingencia, desde la revisión de construcciones, negocios o zonas habitacionales.
Asimismo, municipios de Baja California han padecido los estragos de desastres naturales, mismos que los obligaron a implementar protocolos y acciones emergentes; sin embargo, esto no sucedió, sino hasta que hubo pérdidas humanas y daños cuantiosos en infraestructura.
En abril de 2010, el mismo Baja California registró un sismo de más de 7 grados en la escala de Richter, que dejó como saldo personas fallecidas, heridos y una pérdida millonaria en infraestructura, la suspensión de servicios y daños en el sector agropecuario y comercial.
El mismo Tlaxcala, mi entidad, ha enfrentado contingencias derivadas de la pirotecnia, entre otras, y se ha colocado a los municipios en una difícil situación por falta de solvencia económica.
Sólo hasta que se hace la declaratoria de emergencia por parte de la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, es que se puede acceder a los recursos del Fondo de Desastres Naturales.
Existe la solicitud, emanada de los trabajos realizados por la Comisión de Protección Civil de la LXIII Legislatura, de que todos los ayuntamientos reciban por lo menos un 5 por ciento del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, con el objetivo de que sean utilizadas específicamente para fines preventivos e informativos en materia de Protección Civil, pues una población preparada minimiza riesgos de pérdidas humanas y daños, considerablemente.
Esta iniciativa de reforma a la Ley General de Protección Civil que hoy presentamos mi compañera María Luisa y su servidora, pretende la atención previa antes de que ocurra un desastre, especialmente en aquellos municipios con zonas de alto riesgo detectadas y que no cuentan con solvencia económica para tareas de prevención, supervisión o capacitación del personal.
Con ello, se estaría abriendo La oportunidad de acceso a recursos para los municipios que demuestren su insuficiencia económica para el equipamiento y adiestramiento de sus áreas de Protección Civil.
Se estarían salvando vidas, protegiendo la infraestructura de las comunidades, los bienes públicos, así como garantizando la continuidad de los servicios básicos para el bienestar social.
En caso de que así fuere, el Gobierno Federal estaría facultado para intervenir oportunamente con recursos destinados para tal fin, sin la obligatoriedad de que el siniestro o el desastre ya hubieran sucedido.
Prevenir –compañeras y compañeros legisladores-- es salvar vidas.
Es cuanto, Senador Presidente.
- Turnada a la Comisión de Protección Civil
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ATM