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Transcripción de la intervención del Dip. Alfredo Rodríguez Dávila para posicionar el dictamen a nombre de la Comisión de Transportes, por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos, en la Sesión Ordinaria

MARTES, 31 DE OCTUBRE DE 2017

 

Ciudad de México, 31 de octubre de 2017

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO ALFREDO JAVIER RODRÍGUEZ DÁVILA PARA POSICIONAR EL DICTAMEN A NOMBRE DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES, POR EL QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL Y DE LA LEY DE AEROPUERTOS, EN LA SESIÓN ORDINARIA

 

DIPUTADO ALFREDO JAVIER RODRÍGUEZ DÁVILA (AJRD): Con el permiso de la Mesa Directiva.

 

Compañeros diputados y diputadas, buenas tardes.

 

El dictamen que presento a continuación es un dictamen que se votó en la Comisión de Transportes, presentado por la diputada Lorena del Carmen Alfaro García, también una propuesta presentada por el Congreso del estado de Jalisco y también una propuesta presentada por un servidor.

 

No omito mencionar que este dictamen fue trabajado en colaboración con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ya que es la encargada y reguladora del ramo y la que estaría a cargo de implementar estas reformas.

 

De inicio, el dictamen homologa el concepto de aeropuertos para la Ley de Aviación Civil y Ley de Aeropuertos, ya que al día de hoy estaban en distintas definiciones en las dos leyes.

 

El dictamen crea una definición para los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia y otorga a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la facultad para emitir la norma que regula a este tipo de aeronaves, usualmente conocidos como drones, ya que actualmente la Secretaría los regula a través de una circular administrativa interna, lo cual dejaba en estado de indefensión al regulador. Se trata pues de brindar mayores facultades a la Secretaría para regular y supervisar de mejor manera.

 

En segundo término, el dictamen busca subsanar algunas omisiones a la legislación vigente. De inicio, faculta a la Secretaría para revisar y certificar las instalaciones de operaciones de las fábricas de aeronaves que se establezcan en el país, ya que actualmente la ley solo considera la certificación de los talleres aeronáuticos y de capacitación en nuestro país.

 

Lo que quiere decir que las fábricas que se están instalando actualmente no podrían ser certificadas por la Secretaría. Se obliga también a los concesionarios de los aeropuertos a obtener un certificado de su funcionamiento, el cual será otorgado por la Secretaría.

 

Hoy en día los concesionarios de todos los aeropuertos del país no tenían que tener ninguna certificación con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Se establece que esta certificación se haga de acuerdo a los estándares de las organizaciones de las asociaciones civiles internacionales.

 

Asimismo modifica el artículo 11 de la Ley de Aviación Civil, con el fin de que la Secretaría pueda expedir permisos de hasta un año para la prestación de servicios de transportes aéreos internacionales, cuando el país de origen de la aerolínea no tenga convenio internacional signada con México.

 

Finalmente, el dictamen actualiza el texto de la ley de término del Código Civil Federal, Código Penal Federal, así como el de la Unidad de Medida de Actualización, en lugar de salario mínimo.

 

Compañeros legisladores, es un dictamen 100 por ciento técnico, que actualiza el marco legal de nuestro país a la realidad que vivimos hoy en día, por lo cual les pido su voto a favor del presente dictamen.

 

Es cuanto.

 

 

--oo00oo--

YMJ 

AUDIO DIP. ALFREDO JAVIER RODRÍGUEZ 31OCT17 FUNDAMENTACIÓN DICTAMEN LEY DE AVIACIÓN CIVIL



Diputados

 

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