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Transcripción de la intervención de la diputada Teresa Lizárraga Figueroa, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de garantía de no revictimización, violencia patrimonial, económica e integridad psicológica, durante la Sesión Ordinaria

JUEVES, 5 DE ABRIL DE 2018

Ciudad de México, 5 de abril de 2018

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA TERESA LIZÁRRAGA FIGUEROA, PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, EN MATERIA DE GARANTÍA DE NO REVICTIMIZACIÓN, VIOLENCIA PATRIMONIAL, ECONÓMICA E INTEGRIDAD PSICOLÓGICA, DURANTE LA SESIÓN ORDINARIA

 

DIPUTADA TERESA LIZÁRRAGA FIGUEROA (TLF): Con su permiso, señora presidenta.

 

Compañeras y compañeros diputados.

 

La iniciativa que hoy presento, como bien ha dicho la Presidenta, busca reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y con ello dar solución a algunos problemas que enfrentan las mujeres víctimas de violencia y que hacen la correspondiente denuncia y a lo que se enfrentan es a autoridades que no les dan el apoyo y el auxilio necesario para superar la situación que las ha dañado de numerosas maneras.

 

Actualmente nuestra ley no incluye el concepto de revictimización y su correspondiente prohibición como una garantía para todas las mujeres y, segundo, no está considerada como parte de la violencia institucional, lo que significa que las mismas autoridades pueden estar fomentando la violencia de la mujer y la impunidad.

 

Recordemos que la revictimización o la victimización secundaria de la mujer, surge cuando una vez que se ha sufrido una experiencia traumática y que entra en contacto con las autoridades o instituciones del Estado, es receptora de tratos injustos, e incluso puede ser criminalizada por el mismo acto del que fue víctima.

 

Existe revictimización en cada mujer que es tratada con desdén de las autoridades cuando denuncia un delito, en cada mujer que es invitada a no presentar denuncia o cuando recibe insinuaciones de que ella pudo provocar los actos violentos, cuando de las instituciones en vez de ayuda recibe trabas y largas esperas, cuando recibe desesperanza en vez de justicia.

 

Existe revictimización en cada ficha de impunidad y en cada expediente de violencia de género sin resolver.

 

La propuesta contempla incluir el concepto de revictimización de las mujeres dentro del cuerpo de la ley, la garantía de no revictimización como uno de los principios rectores para una vida libre de violencia y adicionalmente, incluye la revictimización como parte de la violencia institucional.

 

Pero así como la revictimización es un tipo de invisibilidad social que se da a la mujer, también existe la invisibilidad al gran problema que se desprende de la violencia patrimonial y la violencia económica, y es que en nuestro país vivimos tantos casos de violencia que no le damos importancia a la violencia que no genera muertos o lesiones, sin embargo la violencia patrimonial y la violencia económica tienen efectos que invisibilizan a las mujeres que son víctimas de actos que afectan su patrimonio y su calidad de vida.

 

Estoy hablando de la violencia que ejercen familiares hacia aquellas mujeres pensionadas a las que el día del pago les quitan sus ingresos, a las que les secuestran el fruto de su trabajo, o esos hombres que oprimen a las mujeres cerrando la llave del dinero en su casa haciendo indigna la vida de ellos y de sus hijos, hombres que se adueñan de las herencias o de los negocios de sus parejas de forma ilícita y que a nadie parece importarles, o peor, aquellos hombres que ejercen violencia al literalmente robarle a sus parejas sus bienes en la misma casa o simplemente destruírselos.

 

Si bien existen las consideraciones sobre lo que significan los tipos de violencia patrimonial y económica, la ley no contempla obligaciones a las fiscalías o ministerios públicos de pronunciarse sobre su comisión cuando conocen sobre causas en las que la mujer es víctima.

 

Esta iniciativa propone también que el Estado mexicano detecte cuando los delitos tienen estas motivaciones contra las mujeres porque en el fondo lo que el victimario pretende es acabar con la subsistencia de la víctima.

 

El camino, como les hemos dicho y lo hemos dicho aquí en muchas ocasiones, aún es largo. Pero nuestra responsabilidad como legisladores es continuar sin descanso en esta lucha por asegurar a las mujeres mexicanas las condiciones para una vida segura y digna.

 

Parte de lo que persigue esta iniciativa, es que la autoridad deje de ser ajena a esta realidad que impide a las mujeres a que se diera su autonomía e independencia.

 

En la medida en que cada acto de violencia contra la mujer no quede impune, estaremos más cerca de lograr nuestro objetivo.

 

Muchas gracias.

 

  • Turnada a la Comisión de Igualdad de Género

 

--ooOOoo--

 

MRA

AUDIO DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIP. TERESA DE JESÚS LIZÁRRAGA FIGUEROA PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICONES DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 5ABRIL18



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