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Transcripción de la intervención del Dip. Hugo Alejo, para presentar iniciativa que reforma el artículo 2° de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

MARTES, 15 DE DICIEMBRE DE 2015

México, D.F., 15 de diciembre de 2015

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ, PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 2° DE LA LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO

 

DIPUTADO HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ (HAD): Con su permiso, señor Presidente.

 

Señoras y señores legisladores:

 

El día de hoy nos ocupa un tema que pone de manifiesto la adecuación de nuestro marco jurídico en términos de la consolidación plena de los valores y principios democráticos que marcan nuestro ideal como nación, más allá de los colores partidistas.

Como ustedes saben, la corrupción y la falta de transparencia representan dos de los principales impedimentos para la consolidación efectiva de la democracia en nuestro país, lo que sin lugar a dudas vulnera de forma significativa el respeto y apego irrestricto de la dignidad humana en detrimento del Estado de derecho.

 

La comunidad migrante representa uno de los grupos con mayor grado de vulnerabilidad que sufre de manera alarmante las consecuencias de este detestable fenómeno que los orilla a ser víctimas de grupos delincuenciales  y de autoridades que actúan en contradicción completa del principio de la legalidad. Por tanto representa una obligación por parte del Estado mexicano el fortalecer aquellos marcos normativos que permitan asegurar que los recursos destinados para garantizar su protección, lleguen a donde deben de aplicarse.

 

Cabe mencionar que los migrantes mexicanos contribuyen a favor de la consolidación de una democracia incluyente y participativa en cuyos valores y principios el combate a la corrupción se inscribe como un punto medular de eficacia y de eficiencia, de tal suerte que el garantizar la transparencia y la rendición de cuentas de aquellos recursos destinados para su protección, representan una manifestación en términos de efectividad de nuestra política migratoria y exterior, así como del apego a nuestro marco constitucional en materia de derechos humanos.

 

Por otro lado resulta necesario el tomar en consideración siempre y en todo momento, el contexto de vulnerabilidad en el que se encuentra la comunidad migrante, por lo que una asignación de recursos al amparo del principio de la legalidad, transparencia y rendición de cuentas, debe inscribirse como uno de los mecanismos prioritarios que enmarquen la congruencia a favor de la salvaguarda del desarrollo psicosocial de estos grupos que tanto han dado en favor de nuestra nación.

 

Señoras y señores legisladores:

 

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional somete a consideración de esta soberanía, el siguiente proyecto de decreto por el que se modifica la fracción XI del artículo 2o de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, con la finalidad de que los recursos destinados para los efectos que mencionan las disposiciones normativas en materia del retorno de los connacionales mexicanos, deberán garantizar protección en términos físicos y psicológicos, sin discriminación alguna por causas de repatriación, deportación o de manera voluntaria.

 

Esta medida representa una sumatoria de esfuerzos a favor de productos legislativos que atiendan de manera puntual las necesidades de este grupo social.

 

Es cuanto, Presidente.

 

 

 

·        Turnada a la Comisión de Relaciones Exteriores para dictamen

--ooOOoo--

AVC

AUDIO DIP. HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ, INICIATIVA LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO



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