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Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3º y 42 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores de las Diputadas Minerva Hernández Ramos y Hortensia Aragón Castillo.

MIÉRCOLES, 12 DE JULIO DE 2017

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 3º Y 42 DE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES DE LAS DIPUTADAS MINERVA HERNÁNDEZ RAMOS Y HORTENSIA ARAGÓN CASTILLO.  

La que suscribe, Minerva Hernández Ramos integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del pleno de esta honorable Soberanía la siguiente Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 3o y 42 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Hoy en día el principal esquema de atención a la educación superior ha sido el financiamiento a la oferta a través de universidades públicas; sin embargo, también existen esfuerzos que han contribuido a cubrir los costos de la educación superior a través de becas, como son el Programa de Financiamiento a la Educación Superior de Nacional Financiera y las becas Pronabes otorgadas por la Secretaría de Educación Pública (en adelante, SEP).

En el primer caso, se tienen fondos para financiar hasta 12 mil estudiantes y, en el segundo, se entrega un promedio anual de 260 mil becas anuales para la población de bajos ingresos. Estos esfuerzos han sido insuficientes para el acceso y permanencia en la educación superior de los jóvenes mexicanos, por lo que resulta imprescindible analizar otras fuentes de financiamiento.

A partir del año 2001 el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (en adelante, Infonavit) inició una reestructuración financiera que permitió elevar sustancialmente el número de créditos hipotecarios otorgados en México llevando a cabo las siguientes acciones:

Se fortalecieron los procesos de crédito; 

Se diversificaron las fuentes de ingreso del Instituto; 

Se rediseñó un modelo de cobranza; 

Se crearon alianzas con entidades financieras privadas para incrementar la capacidad operativa y potenciar el monto de los financiamientos, y 

Se impulsó la edificación de vivienda económica a través del sector privado que logró ofrecer soluciones habitacionales a bajo precio.  

En la primera etapa de este proceso (2001-2006) el Infonavit alcanzó la meta de 2 millones de créditos, igualando lo realizado en los primeros 28 años de su operación. El 27.1% de estos créditos se destinaron a la compra de vivienda económica.

Asimismo, con una creación de créditos más efectiva y una mejor cobranza se logró asegurar la viabilidad financiera del Instituto y, con ello, pagar mejores rendimientos a la Subcuenta de Vivienda de los trabajadores; para el 2006, por ejemplo, se logró el objetivo de retribuir con un 4% real.

En una segunda etapa (2007-2012) el Infonavit planteó el reto de trascender de simplemente otorgar un crédito, a dar acceso a los trabajadores a una nueva y mejor forma de vida, siempre manteniendo la ortodoxia crediticia y la disciplina financiera.

De esta forma, se adecua la estructura organizacional para atender tres líneas estratégicas: Vivienda, Entorno y Comunidad.

Durante este sexenio se otorgaron aún más créditos que en el anterior, alcanzando un total de casi 3 millones de créditos, de los cuales el 34.3% ciento están asociados a una vivienda sustentable.

El éxito financiero del Infonavit también se tradujo en una reducción importante del rezago de vivienda de sus derechohabientes, con lo cual los planes financieros han sido reajustados para disminuir la cantidad de créditos que se necesitarán otorgar durante los próximos años. Si bien en los últimos seis años el Infonavit otorgó un promedio de aproximadamente 500 mil créditos anuales, este número empezará a disminuir a partir de 2017.

De acuerdo con el plan financiero 2013-2017, será a partir de 2017 cuando podría reducirse a un promedio de 380 mil créditos por año, de los cuales 26% correspondería a usos secundarios. Con esto, la demanda de crédito será menor que la capacidad de otorgamiento, con lo cual se comenzarán a acumular excedentes de liquidez.

A partir de 2017, el Infonavit tendrá aproximadamente un sobrante de liquidez equivalente a 200 mil créditos hipotecarios (alrededor de 60 mil millones de pesos anuales) que deberían ser destinados a otra actividad. Lo anterior hace imprescindible repensar los alcances de la institución y potencializar su solidez financiera a favor de los mexicanos.

A nivel internacional existen fondos exitosos que combinan varios tipos de financiamientos de seguridad social como vivienda, salud, educación superior y retiro. Este es el caso del “Central Provident Fund” de Singapur que es reconocido por el fuerte impulso al financiamiento hipotecario en ese país como por la promoción del ahorro individual de la población. En dicho país el Fondo está basado en créditos a los que accede la población de acuerdo a su propio nivel de ahorro y es prácticamente la única fuente recursos para seguridad social. Adicionalmente, este esquema permite otorgar condiciones preferenciales a las personas de menores recursos económicos.

Desde su creación el Infonavit ha tenido el único objetivo de proveer vivienda a los trabajadores, por lo cual la Ley que lo crea está basada en este concepto. La destacada reestructura financiera de los últimos 10 años lo ha constituido como el detonador de financiamiento a nivel nacional tanto por los créditos otorgados por el instituto como por las alianzas con las entidades financieras privadas. De esta manera, ha contribuido sustancialmente a la reducción de las necesidades de vivienda del país. Si bien, siempre se necesitará financiamiento para la vivienda de los nuevos hogares que se formen a lo largo del tiempo, lo cierto es que una gran parte de los derechohabientes ya han solventado sus necesidades, por lo que a partir de 2017 el Infonavit tendrá un sobrante de liquidez derivado de créditos que pueden ser otorgados pero que nadie demandará.

Aprovechando la solidez financiera del Instituto la propuesta de reforma a la Ley del Infonavit se basa en dar un impulso al financiamiento de educación técnica y superior para que los jóvenes encuentren empleos mejor remunerados que les permitan tener una mejor calidad de vida y suficientes ahorros para su vejez.

La reforma tiene principalmente dos aspectos:

Permitir que cuando el derechohabiente no quiera utilizar su crédito para vivienda, lo pueda hacer para su propia educación o la de sus familiares.  

Dadas la baja calificación que han obtenido las instituciones de educación superior se considera indispensable que estos créditos se otorguen únicamente para los programas reconocidos como de alta calidad por la Secretaría de Educación Pública, medida especialmente en términos de absorción del mercado laboral.

Si bien todas las personas con acceso a Infonavit serían beneficiados por la reforma, se estima que se enfocaría principalmente a hogares que tienen resuelta la necesidad de vivienda, que principalmente son hogares con ingresos mayores a 14 salarios mínimos. Sin embargo, esto permitiría liberar los recursos disponibles de otros financiamientos como el de Nafin o becas de la SEP para alumnos con menores ingresos o que no estén afiliados a la seguridad social.

Tomando lo anterior en consideración, en este caso, la reforma busca asegurar el derecho que tienen los individuos sobre su subcuenta de vivienda permitiendo la utilicen para financiar la educación de sus familiares en caso de haber cubierto la necesidad de vivienda y, si pagan dicho financiamiento continuar con los mismos derechos que tienen sobre su subcuenta.

Por lo expuesto someto a consideración de esta honorable Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de Decreto para quedar como sigue:

Artículo Primero.- Se reforma la fracción XII, párrafo segundo, del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Articulo 123. …

....

A. …

I a la XI. …

XII. …

Se considera de utilidad social la expedición de una ley para la creación de un organismo integrado por representantes del gobierno federal, de los trabajadores y de los patrones, que administre los recursos del fondo nacional de la vivienda. Dicha ley regulara las formas y procedimientos conforme a los cuales los trabajadores podrán adquirir en propiedad las habitaciones antes mencionadas o utilizar sus fondos para acceder a financiamiento para la educación a nivel medio con especialidad tecnológica o a nivel superior.

….

….

….

XIII a XXXI.- …

B. …

I a XIV.-…

Artículo Segundo.- Se Reforman las fracciones III y IV del artículo 3o; Se Adicionan una fracción V al artículo 3º, y una fracción VII al artículo 42 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para quedar como sigue:

Artículo 3o. El Instituto tiene por objeto:

I a II.-…

III. Coordinar y financiar programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores;  

IV. Lo demás a que se refiere la fracción XII del apartado A del artículo 123 Constitucional y el título cuarto, capítulo III de la Ley Federal del Trabajo, así como lo que esta ley establece, y

V. Establecer un sistema de financiamiento para educación a nivel medio con especialidad tecnológica o a nivel superior para los trabajadores o sus familias.

Artículo 42.- …

I. a VI. …

VII. Al financiamiento de educación a nivel medio con especialidad tecnológica o nivel superior de los derechohabientes o sus familiares en carreras calificadas por la Secretaría de Educación Pública como de alta absorción laboral.

….

….

….

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Suscribe

Dip. Fed . Minerva Hernández Ramos

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de abril de 2017.

 

--ooOOoo--

ATM

Diputados

 

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