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Boletín 1592: Aprueban diputados establecer como principios de la política de desarrollo social el interés superior de la niñez

MARTES, 3 DE ABRIL DE 2018

Ciudad de México, 3 de abril de 2018

 

 

  • El principio de interés superior de la niñez obliga al Estado a realizar el máximo esfuerzo  para construir condiciones favorables: Dputada Ximena Tamariz  García

 

El Pleno Camaral aprobó con modificaciones la minuta enviada por la Cámara de Senadores para establecer como principio de la política de Desarrollo Social el interés superior de la niñez, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y en los tratados internacionales aplicables de los que el Estado Mexicano sea parte.

 

Al fundamentar el dictamen, por parte de la Comisión de Desarrollo Social, la diputada Ximena Tamariz  García explicó que se debe tener presente que el principio de interés superior de la niñez obliga al Estado a realizar el máximo esfuerzo posible para construir condiciones favorables a fin de que estos puedan desarrollarse plenamente y uno de esos esfuerzos es precisamente la armonización legislativa.

 

“Así, la Ley General de Desarrollo Social y la Política Nacional de Desarrollo Social, deberán sujetarse a la ley principal en la materia, es decir, a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, ya que esta establece los principios rectores y criterios que orientarán la política nacional en la materia, las políticas, programas, acciones y servicios públicos”, explicó la Diputada.

 

Asimismo, sostuvo que con dicha reforma se permitirá que el Estado adopte medidas de protección especial en favor de las y los menores de edad que se encuentren en situación de vulnerabilidad por circunstancias específicas, ya sean de carácter socioeconómico, alimentario, psicológico, físico, de discapacidad u otros que restrinjan o limiten el ejercicio de sus derechos.

 

También, se dará prioridad a las niñas, niños y adolescentes en el diseño y ejecución de las políticas públicas de desarrollo social necesarias para su cabal protección.

 

El dictamen se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del artículo 72 constitucional fracción e).

 

--ooOOoo--

YMJ 

Diputados

 

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