INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 4°., 7°. Y 64 A LA LEY GENERAL DE TURISMO, A CARGO DE LA DIPUTADA GRETEL CULIN JAIME, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN
La suscrita Gretel Culin Jaime , diputada federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122, 127 y demás relativos y aplicables de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 171, 175, 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numerales 1 y 2, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Turismo a fin de que se incorporen los conceptos ciencia, tecnología e innovación en la misma, para lo cual se fija la problemática sobre la cual versa la iniciativa que nos ocupa;
Exposición de Motivos
El sector turístico del país ha adquirido tal relevancia que para lograr un crecimiento sostenido en el largo plazo que permita transmitir sus beneficios a toda la población, es necesario realizar acciones no sólo en términos de creación de infraestructura o promoción de las actividades de los prestadores de servicios.
Se requiere que la propia legislación en lo particular incorpore conceptos de ciencia, tecnología e innovación, de manera que reconozca la importancia que tiene la investigación y el desarrollo de conocimiento.
Lo anterior sólo se puede lograr si desde la propia ley se establece que la Secretaría de Turismo en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, y otras entidades académicas promueven y coordinan acciones de fomento al desarrollo de actividades científicas, tecnológicas y de innovación orientadas al sector turismo.
En el sector turístico se evidencian cambios cada vez mayores, debido al comportamiento y preferencias de los viajeros, ya que hoy se encuentran más informados y conocen más de los diferentes destinos y sus dinámicas, no solo en el ámbito nacional sino internacional, debido a que hoy las fronteras se traspasan sin límites.
Los prestadores de servicios turísticos deben adoptar nuevas formas de realizar negocios e interactuar con sus clientes, con el fin de ganar más mercado y de ofrecer servicios altamente competitivos en la industria. La globalización obliga a los prestadores a ser más retadores con sus servicios y propuestas de valor para los turistas, ya que dentro de una plataforma tecnológica puede en tiempo real realizar negocios y hacer presencia en cualquier parte del mundo.
Hoy por hoy aún se encuentran empresas que no cuentan con un portal, siendo éste una herramienta necesaria para ser altamente competitivos y lograr comercializar sus servicios y productos. Igualmente es una forma de realizar mercadeo B2C (Business To Consumer ), el cual se efectúa de forma más rápida y obtiene grandes beneficios a largo plazo, como mayor conocimiento del mercado, segmentación para sus productos, y fidelización de clientes.
En el sector turístico, internet brinda muchas ventajas para las empresas, ya que facilita la gestión de reservas, venta de plazas, aumento de la promoción de sus servicios a través de las características que se vuelven tangibles, permite la creación de nuevos productos, y le brinda al viajero la oportunidad de gestionar su viaje de forma más rápida. Otra de las grandes ventajas es la incorporación de pagos on line , con el fin de gestionar las reservas de forma más ágil y a costos inferiores, brindando así un mejor servicio para el cliente.
Podemos citar algunas de las ventajas que se obtienen con el comercio electrónico tanto para los clientes como para las empresas:
Clientes:
* Mayor información de productos y destinos
* Comparación de ofertas de otros productos y mercados
* Disminución de tiempo y costos en la compra de productos
* Propuesta de diseño de los productos
Prestadores turísticos:
* Interactividad con el cliente
* Mejor distribución y venta de productos y servicios
* Agilidad en la gestión de procesos
* Flexibilidad y adaptabilidad
* Reducción de tareas
* Disminución de errores operativos
Por otra parte el comercio electrónico consigue realizar ahorros sustanciales en diferentes áreas, una de ellas el área administrativa, eliminando comunicaciones innecesarias, disminuyendo el uso del papel, lo que hace que se practiquen mejores políticas ambientales dentro de las organizaciones. Internet da la posibilidad de promocionar mayores productos y con información más detallada, que si se hiciera a través de un brochure; también permite una mayor retroalimentación con los clientes, a través de sistemas expertos y programas inteligentes de correos electrónicos, que dan la posibilidad de interactuar rápidamente y asesorar mejor en la decisión de compra.
Debido a la importancia que reviste la ciencia y tecnología, y la mancuerna que puede hacer con el turismo al convertirse en una herramienta eficaz para el turismo, resultando necesario como ya se mencionó incluir en la Ley General, la necesidad del desarrollo tecnológico en el turismo
Modificación propuesta
En la Ley General de Turismo se identifican tres artículos en los cuales es posible incorporar los conceptos de ciencia, tecnología e innovación, los cuales se presentan a continuación:
Por lo antes expuesto es que la suscrita diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, numeral 1, fracción VIII; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente:
Proyecto de decreto
Artículo Único. Se reforman la fracción XI del artículo 4; la XVII y la XVIII, y se adiciona la XIX, del artículo 7, y se reforma el artículo 64, todos de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:
Artículo 4 . . . . .
I. a la X. . . . .
XI. Promover y coordinar acciones de fomento a la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación para el sector turismo,
XII. a la XV. ...
Artículo 7 . ...
I. a la XVI. ...
XVII. Promover, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el desarrollo de la pesca deportivo-recreativa, conforme lo dispuesto en esta Ley, su reglamento y en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable,
XVIII. Colaborar, en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, para impulsar el desarrollo de actividades científicas, tecnológicas y de innovación orientadas al sector turismo; y
XIX. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos.
Artículo 64. La Secretaría promoverá y coordinará acciones de fomento a la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación para el sector turismo, y llevará a cabo acciones para mejorar y complementar la enseñanza turística a nivel superior y de postgrado, dirigida al personal de instituciones públicas, privadas y sociales vinculadas y con objeto social relativo al turismo.
Transitorio
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, 27 de febrero de 2018. Diputada Gretel Culin Jaime (rúbrica)
- Turnada a la Comisión de Turismo