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Transcripción de la intervención del Diputado César Augusto Rendón García, para dar el posicionamiento en nombre del GPPAN, del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, durante la Sesión Ordinaria

MARTES, 18 DE OCTUBRE DE 2016

Ciudad de México, 18 de octubre de 2016

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO CÉSAR AUGUSTO RENDÓN GARCÍA, PARA DAR EL POSICIONAMIENTO EN NOMBRE DEL GPPAN, DEL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS, DURANTE LA SESIÓN ORDINARIA

 

DIPUTADO CÉSAR AUGUSTO RENDÓN GARCÍA (CARG): Con la venia de la Presidencia.

 

Compañeras y compañeros diputados:

 

Hago uso de la voz en nombre de mi Grupo Parlamentario para manifestar nuestra postura y el sentido de nuestro voto sobre el dictamen de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, que la Comisión de Hacienda y Crédito Público el día de ayer sometió a nuestra consideración.

 

Felicito a los integrantes de la Comisión que dictamina por el gran trabajo que a lo largo de estos días se ha estado realizando, que no ha sido menor y que seguirá hasta terminar esta Ley de Ingresos.

 

Si bien es cierto que las propuestas de reforma que propone el Ejecutivo Federal a la citada ley resulta breve, adquiere total relevancia en el contexto del Paquete Económico con restricciones presupuestales que derivan de un entorno complicado, de las finanzas públicas del siguiente año y por presiones de ingresos por la caída de la producción de la industria petrolera de nuestro país.

 

Por esta razón, en Acción Nacional estamos convencidos que nuestro voto será a favor, siempre que se presente ante este recinto reformas que abonen a la consolidación        de nuestra industria petrolera.

 

Quisiera reiterar, en términos generales, la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos regula las contraprestaciones que deben cubrirse de los contratistas así como los criterios para la terminación éstas.

 

Es por esta razón la relevancia del presente dictamen, que en los hechos no es otra cosa que implementar mecanismos que flexibilicen la administración de los contratistas, incentiven la inversión en la industria y, en consecuencia, se generen mayores ingresos para la federación.

 

Así, el dictamen que hoy se somete a nuestra consideración, reforma y adiciona los artículos 3, 10, 32, 41, 42 y 63, todos ellos vinculados con tres temas vitales para el desempeño del sector hidrocarburos.

 

En primer lugar, se incorpora una redefinición del mecanismo de ajuste, que no es otra cosa que la fórmula que mide de forma precisa la rentabilidad de los contratistas en cada ejercicio.

 

La aplicación de este mecanismo tiene el objetivo de que la federación determine de forma mucho más precisa la rentabilidad de los contratistas, pero además las condiciones económicas relativas a los términos fiscales de los contratos que reduzcan los efectos negativos que el entorno económico les pudiera generar.

 

Por otro lado, el dictamen propone reformas a la ley en materia de derecho de la utilidad compartida, con el fin de incorporar beneficios fiscales mediante la flexibilización de las reglas a las que se someten los asignatarios.

 

Considero oportuno puntualizar lo siguiente: la propuesta que se hace en el dictamen establece un límite de deducción para la producción de petróleo y gas y se hace la distinción del cambio de dichos límites cuando se trate de hidrocarburos extraídos en zonas marítimas con tirantes de agua inferior a los 500 metros.

 

En suma, lo que busca la reforma en materia es que para determinar la base del derecho por utilidad compartida, las deducciones de costos y gastos de inversión asociada a los hidrocarburos --distintos al gas natural y sus condensados-- tengan  límites que eliminen la deducción a discrecionalidad y eliminen en grado mayor los efectos negativos en los ingresos de la federación.

 

La reforma también se relaciona con la determinación de comprobantes de gastos de consorcios para fines fiscales, el propósito no es otro que establecer mecanismos de transparencia fiscal mediante un mecanismo de amparo, de gastos por la ejecución de los contratos.

 

Termino mi intervención reconociendo el aporte en que los diputados integrantes de la Comisión dictaminadora han hecho la propuesta de saque del Ejecutivo Federal, su contribución se basa en el establecimiento de un mecanismo de fiscalización mediante auditorías y visitas por parte de los auditores fiscales.

 

Esto sin duda permitirá al Servicio de Administración Tributaria, verificar las operaciones y registros contables derivados de los contratos de exploración y extracción de hidrocarburos que aseguren una mayor transparencia.

 

En Acción Nacional reiteramos nuestro voto a favor del dictamen que hoy se somete a nuestra consideración y el compromiso que Acción Nacional tiene con el mejor desempeño de la industria petrolera.

 

Es cuanto.

 

--ooOOoo--

 

MRA

AUDIO DIP. CÉSAR RENDÓN 18OCT16 DICTAMEN LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS



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