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Transcripción de la intervención de la Dip. María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, para dar el posicionamiento a nombre de la Comisión de Cambio Climático, del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II, del Art 29 de la Ley General de Cambio Climático

MARTES, 15 DE NOVIEMBRE DE 2016

Ciudad de México, 15 de noviembre de 2016

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ AGUIRRE PARA DAR EL POSICIONAMIENTO A NOMBRE DE LA COMISIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO, DEL DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN II, DEL ARTÍCULO 29, DE LA LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO, EN LA SESIÓN ORDINARIA.

 

 

MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ AGUIRRE (MARA): Muchas gracias, Presidente.

 

A nombre de mis compañeros de la Comisión de Cambio Climático, a los cuales agradezco su trabajo y compromiso, y de forma particular a la diputada Mirza Flores promovente de esta iniciativa, pongo a su consideración el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II, del artículo 29, de la Ley General de Cambio Climático.

 

No repetiré lo tantas veces dicho sobre el fenómeno de cambio climático, sabemos qué lo provoca y sus consecuencias, tal vez sólo quepa advertir para quienes lo han tomado a la ligera, que si no actuamos decididamente y con prontitud la naturaleza no va a esperar a que nos preparemos.

 

Se ha convenido que la actuación contra el cambio climático se circunscriba a dos vertientes.

 

Por un lado, la mitigación, que de manera sencilla significa reducir las emisiones de los gases de efecto invernadero. O bien, hacer más eficiente los sumideros para la captura de carbono.

 

Por otro lado, la adaptación de los sistemas humanos o naturales, como respuesta a las modificaciones en los patrones climáticos o sus efectos, de tal manera que se moderen los daños o se aprovechen sus aspectos benéficos, si los hay.

 

Puesto que los cambios de los patrones climáticos pueden desencadenar catástrofes que afectarían inevitablemente a poblaciones humanas, los gobiernos de los tres órdenes en las zonas vulnerables deben tomar las medidas necesarias de adaptación que permitan reducir esta vulnerabilidad e incrementar la resistencia a esas catástrofes, así como mejorar la capacidad de recuperación del Estado, previo de las poblaciones o los sistemas naturales. En una palabra, hacerlas resilientes.

 

Éste es el concepto central en la reforma que el día de hoy la Comisión de Cambio Climático somete a la consideración de esta asamblea.

 

El artículo 29 de la Ley General de Cambio Climático establece cuáles son las acciones enmarcadas en la lucha contra el cambio climático que se consideran acciones de adaptación, siendo una de ellas la referida en la fracción segunda que señala el establecimiento de centros de población o asentamientos humanos, así como en las acciones de desarrollo, mejoramiento y conservación de los mismos.

 

Al incorporar el criterio de resiliencia en esta fracción estaremos protegiendo mejor a la población, sus vidas, sus bienes y la infraestructura de servicios y de atención. Es una reforma pequeña pero creemos que su repercusión no lo es si no se convierte en letra muerta.

 

Por eso, la Comisión de Cambio Climático solicita el apoyo de esta asamblea a fin de que se apruebe y se pueda dar un paso adelante en la lucha contra el cambio climático.

 

Muchas gracias por su atención.

 

 

--oo00oo--

YMJ 

AUDIO DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIP. MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ AGUIRRE, DURANTE EL DICTAMEN DE CAMBIO CLIMÁTICO



Diputados

 

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