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Transcripción de la intervención del diputado Rafael Valenzuela Armas, para presentar iniciativa que expide la Ley Federal de Procedimientos Agrarios

MARTES, 1 DE DICIEMBRE DE 2015


México, D.F., 1 de diciembre de 2015


DIPUTADO RAFAEL VALENZUELA ARMAS (RVA): Con su venia, ciudadano Presidente; compañeras y compañeros diputados.

La reforma constitucional en materia agraria de 1992, dio por concluida la donación de tierras a núcleos ejidales e inició la etapa de reordenamiento y redistribución de la propiedad social, estableciendo un nuevo marco de seguridad jurídica en el derecho agrario.

Aquella iniciativa pretendía introducir mecanismos ágiles, transparentes, imparciales y expeditos para resolver juicios de tenencia, posesión, sucesión, renta, aparcelamiento, acuerdos de asamblea, elección de autoridades ejidales, entre muchos otros.

Luego de 23 de años de aplicación de la ley vigente, los litigios en esta materia continúan engrosando la listas de viejos y nuevos conflictos, atribuibles, quizá, a que los procedimientos establecidos en la Ley Agraria quedaron regulados en términos tan escuetos y generales, que sistemáticamente el juzgador y las  partes en litis, tienen que recurrir a procedimientos de legislaciones supletorias.

En este caso, el Código Federal de Procedimientos Civiles, lo que significa que se instrumenta bajo formalidades, principios y recursos, que corresponden a conflictos y sujetos jurídicos con características diferentes a las del orden agrario.

En este entorno, pudiéramos decir que la supletoriedad de la queja, lejos de ser una excepción, se ha convertido en una regla del procedimiento jurisdiccional.

A los ejidatarios del país, campesinos mexicanos, agricultores de nuestra nación e involucrados en el sector productivo agrario, se les ha escatimado recursos económicos, reducido programas de desarrollo agropecuario, negado pagos de diversos apoyos y proyectos de ejercicios fiscales pasados y presentes.

No se puede, ni debe permitir continuar dejando en el olvido gubernamental, a quienes producen los alimentos que consumimos.

Si no hay capacidad para proporcionarles más recursos económicos, dotémoslos de un mecanismo jurídico procedimental, que  contribuya aminorar el gasto, tiempo y encono que generan los conflictos agrarios.

En esta tesitura, los diputados de Acción Nacional, por mi conducto, presentamos la Ley Federal de Procedimientos Agrarios, cuyo propósito principal es establecer un ordenamiento procedimental justo, expedito, claro, transparente, humano e idóneo a las necesidades de los conflictos suscitados entre los núcleos particulares interesados y terceros interesados en juicios agrarios.

La presente iniciativa se sustenta en bases establecidas en la Ley Agraria, principios procesales, criterios jurisdiccionales, dictados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tribunales colegiados de circuito y el propio Tribunal de Justicia de Agraria.

Se trata de una nueva ley integrada por 168 artículos, cinco títulos, 23 capítulos, redactados y estructurados de manera sencilla, sistemática, integral y congruente, que de suerte, que regula principios, reglas y criterios que regirán su aplicación hasta la mecánica del procedimiento, definiendo sus principales conceptos y jurisdicción.

Las notificaciones, emplazamientos, valoración de pruebas, emisión de acuerdos y sentencias que se proponen en esta ley, son de corte social. Que responden a criterios que toman en cuenta las necesidades, condiciones de vida de los justiciables y características de su entorno para solventar un proceso de impartición y administración de justicia agraria eficaz, eficiente y esperemos, que se cumpla la concepción, de manera expedita.

Muchas gracias.

•       Turnada a la Comisión de Reforma Agraria para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión

--ooOOoo--

ATM

AUDIO RAFAEL VALENZUELA ARMAS INICIATIVA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS AGRARIOS



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