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Boletín 1009. Aprueba Cámara de Diputados cambios en Código Nacional de Procedimientos Penales relativos a víctimas de delitos

JUEVES, 2 DE FEBRERO DE 2017

Ciudad de México, 2 de febrero de 2017

 

  • En México, como en muchos otros países, por más leyes y políticas públicas que se hagan existe desigualdad y discriminación: Dip. Patricia Sánchez Carrillo

 

Con el propósito de que el Ministerio Público otorgue una medida de protección de manera oficiosa cuando la víctima sea niña, niño o adolescente, persona con discapacidad o adulto mayor, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma el artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Al hacer uso de la palabra a nombre del GPPAN, la diputada Patricia Sánchez Carrillo señaló que en México diversos sectores de la población sufren de la falta de mecanismos para garantizar el desenvolvimiento pleno de sus derechos. Refiriéndose a las conductas de intimidación y la falta de medidas de protección a las víctimas del delito.  

 

Sánchez Carrillo, detalló que el Código Nacional de Procedimientos Penales en su artículo 137 establece las medidas de protección durante la etapa de investigación, mismas que podrán ser ordenadas y aplicadas por la autoridad correspondiente entre las que destacan las siguientes:

 

  • La prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima u ofendido
  • La limitación para asistir o acercarse al domicilio de la víctima u ofendido
  • La prohibición de realizar conductas de intimidación
  • La protección policial de la víctima u ofendido; entre otras

 

“Por ello, se considera necesario el establecimiento de estas obligaciones al Ministerio Público a efecto de proteger a estos grupos vulnerables que pudieran no tener la capacidad para solicitar la protección por sí mismas”, aseguró.

 

 

Para finalizar, la legisladora blanquiazul dijo que para Acción Nacional es prioridad el dictamen ya que a lo largo de su historia el grupo parlamentario ha velado por la protección de los grupos vulnerables.

 

El dictamen fue remitido al Senado de la República para los efectos constitucionales correspondientes.

 

 

--ooOOoo--

AVC

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