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Boletín 1289. Proponen diputadas del PAN modificar la Ley General de Educación para prohibir exigencia de cuotas escolares

MARTES, 8 DE AGOSTO DE 2017

Ciudad de México, 8 de agosto de 2017

 

  • Las “donaciones” o “cuotas voluntarias”, han pasado a ser de complemento a sustituto del recurso público, lo cual es lamentable

 

Para garantizar que la educación sea realmente gratuita, las diputadas Gretel Culin Jaime y Karla Osuna Carranco presentaron iniciativa que reforma el artículo 6º y adiciona la fracción XII del artículo 75 de la Ley General de Educación, durante la Sesión de la Comisión Permanente.

 

La propuesta consiste en sustituir el concepto de “pago”, por una redacción más favorable para prohibir la exigencia de cuotas escolares o cualquier contraprestación que condicione la prestación del servicio educativo.

 

En tribuna, la diputada Osuna Carranco explicó que esta propuesta “erradicaría un problema de grandes dimensiones que ha mermado la economía de las familias mexicanas, quienes pagan de manera obligatoria, coactiva o “voluntaria” cuotas destinadas a cubrir necesidades esenciales de los planteles escolares, acentuándose la situación en los planteles de educación básica, sin que haya una sanción explícita para quienes realizan esta conducta”.

 

Agregó que la Ley General de Educación contempla las “donaciones” o “cuotas voluntarias”, las cuales se consideran una ayuda complementaria al presupuesto público; sin embargo, en muchos casos estas aportaciones han pasado de ser complemento a sustituto del recurso público, “lo cual es lamentable, ya que las familias de más escasos recursos deben sumar al gasto por útiles escolares y uniformes, las cuotas escolares.

 

El artículo 6 de la citada ley, dijo, pareciera atender la problemática planteada; pero la realidad sigue siendo otra, pues a la fecha dicha práctica se continúa ejerciendo con evidencia en quejas constantes de padres de familia que han externado su inconformidad y preocupación al ver que sus hijos son exhibidos e incluso ridiculizados frente a sus compañeros por no cubrir estas cuotas ahora obligatorias.

 

La inconsistencia e inadecuada redacción que se observa, radica en que el acto prohibido por la ley es el “PAGO”, por lo tanto el infractor de esta disposición es el padre, madre o tutor que se ve obligado a cumplir con las “cuotas voluntarias”, dejando de manera impune la libertad para que docentes, personal administrativo, directores, autoridades educativas e incluso sociedades de padres de familia continúen solicitando, cobrando o requiriendo dichas cuotas a cambio de la prestación del servicio educativo, ya que en la ley no se prohíbe esta conducta.

 

Por otro lado, la legisladora expuso que al modificar la citada ley, las asociaciones de padres de familia se abstendrán de intervenir en los aspectos pedagógicos y laborales de los establecimientos educativos; así como de difundir por cualquier medio, situaciones o circunstancias que afecten la imagen, el respeto, la integridad y la igualdad en el trato de los alumnos cuyos padres no participen o cooperen con cuotas escolares voluntarias.

 

“En el PAN creemos que las modificaciones propuestas significarán un avance importante en el acceso de las personas a una educación gratuita y al respeto de su dignidad”, concluyó.

 

La propuesta de modificación fue turnada a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

 

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MRA

 

 

 

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