Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2021
- La prohibición de estos productos decretada por la federación fomenta el mercado negro y aumenta los riesgos para la salud.
La prohibición de los cigarros electrónicos o vapeadores, decretada por el gobierno federal sin evidencia científica que lo justifique, permite la existencia de un mercado negro, fomenta que se consuman productos de dudosa calidad y tiene un impacto desastroso en la salud de los usarios, sobre todo, los más jóvenes.
En México lamentablemente existen 15 millones de fumadores y 1.5 millones de usuarios de cigarros electrónicos, pensar que dejarán de fumar por decretos del Ejecutivo es ingeuo y solamente fortalece las redes que los trafican en la clandestinidad.
Este 5 de noviembre Cofepris y Conadic emitieron una "alerta sanitaria para vapeadores y productos emergentes de tabaco”, sin embargo, dicha alerta carece de un estudio científico verificable que avale una prohibición .
Por el contrario, la prohibición nunca ha evitado que la demanda de este tipo de productos exista en el país, y más bien en los últimos años, el mercado ilegal ha incrementado. Desafortunadamente, en muchos de los casos a través de medios sin adecuada supervisión sanitaria, atractivos para que los jóvenes inicien en el consumo, que difícilmente existirían si el mercado estuviera regulado de forma responsable y estricta.
De manera enunciativa y más no limitativa algunos de los aspectos que pueden observarse después de aplicar la prohibición a los cigarros electrónicos son los siguientes:
- Consumo creciente en niños y menores de edad por el fácil acceso de los productos por medios ilegales.
- Ventas a través de máquinas expendedoras.
- Ventas en el comercio ambulante.
- Al no existir regulación en este tipo de productos, su producción ocupa colores, sabores y olores que llaman poderosamente la atención de los niños y jóvenes, provocando que quieran comenzar a consumir los productos.
- Uso de influencers por parte de las marcas, que invitan a los jóvenes al consumo de los productos para obtener o ser parte de un estilo de vida.
- Productos sin control sanitario y calidad cuestionable. Por lo que la prohibición ha dejado en total desamparo a los consumidores, incurriendo en la omisión de ofrecer información y respaldo científico al respecto de los productos que se comercializan.
Las alternativas de consumo de nicotina sin combustión surgieron hace prácticamente 20 años y se comercializan en todo el mundo desde hace casi 15 años. Existe evidencia de sobra que constata que, al evitar la combustión, son menos dañinas que el cigarro convencional.
No son inertes y no deben promoverse entre quienes nunca han fumado, pero los estudios toxicológicos señalan una clara disminución de niveles con respecto a quienes consumen cigarros convencionales.
Nadie puede negar que los productos de nicotina como los vapeadores son dañinos, sin embargo, resulta incomprensible que se permita la comercialización del cigarro convencional y se prohíba los productos novedosos.
En la Cámara de Diputados y en el Senado de la República hay presentadas iniciativas para modificar la Ley General para el Control de Tabaco, la mayoría de las cuales proponen analizar la pertinencia de la regulación del cigarro electrónico.
Por ello, es necesario impulsar un debate abierto, con bases y evidencia científica para encontrar los elementos que permitan una regulación para este tipo de productos.
Apenas el 19 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictaminó que es inconstitucional la fracción VI del artículo 16 de la Ley General para el Control de Tabaco, que venía sustentando la prohibición para la distribución y comercialización de cigarros electrónicos, abriendo la puerta a que los jueces a nivel federal concedan amparos a las personas que se apeguen a este recurso legal para poder importar, distribuir y comercializar los dispositivos en México. Por lo que ahora, con mayor razón hay que actualizar la ley para una regulación.
En ese escenario, la iniciativa presentada busca aportar nuevos elementos que contribuyan al análisis y discusión que el tema requiere, con el firme compromiso de encontrar lo consensos que permitan aprobar una regulación que tenga como objetivo fundamental la protección de la salud de las personas.
Se están planteando una serie de reformas y adiciones a la LGCT, de las cuales se destacan, manera general; las siguientes:
- Cambia la denominación del ordenamiento jurídico, para dejarla como “Ley General para el Control del Tabaco y Nicotina”.
- Se plantea una regulación sobre el cigarro electronico, sus ingredientes y emisiones.
- Se establece la obligación de entregar a la Secretaria de Salud, la información relativa al contenido de ingredientes y emisiones.
- Se reforma la fracción VI del artículo 16, para prohibir la fabricación y venta de dulces, refrigerios, juguetes y otros objetos que tengan forma de productos de tabaco y puedan resultar atractivos para los menores.
- Todos los estuches, cartuchos, envases, y/o empaques análogos de los productos, deberán contener la leyenda “Producto prohibido para menores de edad”.
- Finalmente, se actualizan las disposiciones homólogas para el castigo de los delitos de comercio ilegal y contrabando.
Las reformas y adiciones que se proponen a la Ley General para el Control del Tabaco, buscan actualizar dicho marco normativo, a fin de regular el control sanitario para consumir nicotina de manera responsable.
La prohibición no debe ser la política pública que impere para prevenir y promocionar el cuidado a la salud, por ello debemos actuar con responsabilidad. Los productos alternativos de consumo deben estar destinados exclusivamente a fumadores adultos o consumidores de productos con nicotina, evitando que éstos se transformen en una causal de inicio de consumo de nicotina en la niñez y juventud.
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