TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO ÉCTOR JAIME RAMÍREZ BARBA, PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 15, 16 Y 17 DE LEY GENERAL DE SALUD, DURANTE SESIÓN ORDINARIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.

17 de Noviembre de 2021

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Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2021

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO ÉCTOR JAIME RAMÍREZ BARBA, PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 15, 16 Y 17 DE LEY GENERAL DE SALUD, DURANTE SESIÓN ORDINARIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.

DIPUTADO ÉCTOR JAIME RAMÍREZ BARBA (EJRB): Compañeras y compañeros diputados, la iniciativa que venimos a presentar a nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional tiene como objetivo central, darle certeza jurídica a la responsabilidad que tendría el Consejo de Salubridad General para identificar los riesgos en el caso de enfermedades o epidemias graves, que puedan ser causa de emergencia o atenten contra la seguridad nacional, además de aprobar y publicar en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria de emergencia sanitaria por enfermedades graves, expongo las razones:

El Consejo de Salubridad General existe desde el siglo XIX, este inició cuando la salubridad de la República se llevaba a cabo en los estados.

A partir de 1908 se modifica la Constitución de 1857 para visibilizar el concepto de salubridad pública. En ese año había una epidemia de fiebre amarilla y el traslado a través de los barcos hacía que en ocasiones algunas entidades federativas, porque así estaba considerada la salubridad de un estado y pedía el tránsito de personas o impedía el tránsito de mercancías.

Ahí las razones expuestas para que se modificara la Constitución, fueron que no podía una entidad federativa romper las cadenas de trasmisión de libre persona o bien, de libre comercio y que debería ser atraído hacia la centralización de la República.

Después de 1908 cuando se modifica en el artículo 72 de la Constitución, retoma la Constitución de 1917 el mismo concepto, pero en el momento de la discusión se consideró que salubridad pública no era suficiente y que habría que llamarle, salubridad general, para que quedara claro que iba a ser diferente a las atribuciones que todavía hoy tiene los estados de la República.

Hasta ese año funcionó bien, 1917, el mismo diputado proponente, José Manuel Rodríguez, fue el primer titular del Consejo de Salubridad General. Otro hecho relevante en la Constitución es que, dado que le correspondía al Estado hacer estas cosas, no había un departamento de salubridad pública, que fue el que se incorporó también en la reforma de 1917.

De ese artículo del 73 en la fracción XVI, en los tres cambios que ha tenido sustantivos. Uno, en la protección de salud ambiental, otro en cambiar el nombre del Departamento de Salubridad a Secretaría y Salud, y por último, este estudio del libre tránsito de la nacionalidad de cualquier persona a través del país hizo que quedara hoy en poca certidumbre. Cuál es el papel que está jugando verdaderamente el Consejo de Salubridad General y cuál es el papel que está jugando la Secretaría de Salud. Porque uno debiera con más precisión determinar en qué momento hay una emergencia sanitaria, y el otro, como marca la Constitución, actuar en consecuencia. Muchas gracias.

Lo que ocurrió en esta ocasión con la pandemia, quedó claro que esas atribuciones necesitan mucho más certidumbre jurídica. En primer término, el Consejo de Salubridad General, determinó qué era enfermedad grave y prioritaria muchos días después de que la propia OMS había declarado una pandemia.

Y el titular del Consejo de Salubridad General que también es el titular de la Secretaría de Salud, pues actuó tarde y mal. No quedaba claro quién debería de determinar la emergencia sanitaria y conforme a la Constitución que tendría que ejecutar las acciones de salud.

La iniciativa propone pues, dejar como está la propia Constitución de la República, pero en la Ley General de Salud hacer varias cosas. La primera es que el secretario de Salud no sea el titular o el presidente del Consejo, sino que el presidente del Consejo diga el presidente quién es y que no dependa del secretario de Salud. Que este Consejo de Salubridad General tenga su propio presupuesto, que hoy depende de Salud.

Y, por último, que se incorporen los secretarios de Estado formales con voz y con voto, la Academia Nacional de Medicina con voz y con voto, y que tengan voz otros invitados, como por ejemplo representantes de los gobiernos estatales, para que haya una verdadera coordinación.

El manejo de la pandemia vino a mostrar una debilidad arquitectónica en la materia de salubridad general. Debe de quedar claro quién marca que hay una emergencia sanitaria. Debe ser publicado y en ese momento, sin más crisis de interés, la Secretaría de Salud ejecutar sus funciones en tanto lo marca la propia Constitución. Esperemos que sea el estudio y el análisis de todos nosotros el que mejore los retos futuros que tendrá este país. Es cuanto, presidente. Muchas gracias.

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