TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA JOANNA ALEJANDRA FELIPE TORRES, QUIEN A NOMBRE PROPIO Y DE LA DIP. MARIANA GÓMEZ DEL CAMPO GURZA, E INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, PRESENTA A INICIATIVA QUE ADICIONA UN ARTÍCULO 390 TER AL CÓDIGO PENAL FEDERAL, EN LA COMISIÓN PERMANENTE.

19 de Enero de 2022

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Ciudad de México, 19 de enero de 2022

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA JOANNA ALEJANDRA FELIPE TORRES, QUIEN A NOMBRE PROPIO Y DE LA DIP. MARIANA GÓMEZ DEL CAMPO GURZA, E INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, PRESENTA A INICIATIVA QUE ADICIONA UN ARTÍCULO 390 TER AL CÓDIGO PENAL FEDERAL, EN LA COMISIÓN PERMANENTE.

 

DIPUTADA JOANNA ALEJANDRA FELIPE TORRES (JAFT): Con su venia diputado, Presidente.

 

En representación de mi compañera, la diputada Mariana Gómez del Campo Gurza, presento ante ustedes, iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona el artículo 390 TER, al Código Penal Federal, iniciativa que también es suscrita por las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y, también, por su servidora.

 

La usurpación es la arrogación, la apropiación de la personalidad, del título, calidad, facultades o circunstancias de que se carece, apropiación indebida de lo ajeno, especialmente de lo inmaterial.

 

Por lo que respecta a la identidad, ésta se define como el conjunto de rasgos propios de un individuo o de una colectividad que los caracteriza frente a los demás.

 

En la actualidad, se suele hacer referencia a categorizaciones de la identidad, tal es el caso de la identidad electrónica o la identidad digital, que está constituida por datos personales sensibles, patrimoniales o financieros, los cuales incluyen claves de acceso a cuentas bancarias, redes para la comunicación y operación de las personas que rebasan los límites de las fronteras, siendo susceptibles de un apoderamiento que no es autorizado.

 

Lo anterior da como resultado una problemática a nivel nacional, pero también a nivel internacional, ya que los casos más recurrentes de estos hechos, son aquellas operaciones con el uso de los datos personales.

 

Es importante señalar que la usurpación de identidad, es un tema que rebasa las fronteras y lo que propicia que no se llegue a un concepto general sobre el tema del hurto, del robo, la suplantación o la usurpación de identidad.

 

De acuerdo con el Banco de México, en el año 2020 nuestro país se colocó en el lugar octavo de incidencias por este hecho delictuoso a nivel mundial y el segundo en América Latina, pero las afectaciones no solamente son económicas, el robo y la usurpación de identidad, afecta también a las mujeres.

 

El robo de identidad y la usurpación de identidad, se ha convertido en un modo más de violencia de género, mujeres a quienes secuestran su identidad digital para chantajearlas y solicitarles a cambio de su devolución, dinero o la realización de actos que atentan contra su dignidad, o peor aún, mujeres a quienes a través del robo de su identidad, extraen información sensible de su vida privada para posteriormente ser extorsionadas a cambio de que dicha información sensible, documentos, fotografías, no sean publicadas, así la usurpación de identidad, también puede generar ciberacoso, violencia digital y actualmente las mujeres que son víctimas de estos actos, encuentran sus investigaciones en el limbo, porque las investigaciones y tipos penales siguen sin ser específicos para este tipo de agresiones que cada vez son más sofisticadas.

 

Actualmente nuestro país pareciera que sigue sin considerarse todas las violencias, sobre todo, en los tipos de acosos que las mujeres mexicanas continúan viviendo.

 

A los acosadores que lo hacen de manera física y algunos otros de manera digital o de cualquier índole, se les debe de castigar, se debe de impedir la impunidad y se debe de impedir que se continúe normalizando y revictimizando este tipo de actos en contra de todas las mujeres.

 

Los acosadores, los violentadores no deben de ser candidatos, los acosadores y los violenta dores tampoco deben de ser gobernadores, los violentadores no deben de ser diputados y los violentadores ni acosadores deben de ser embajadores.

 

Un violentador, es un violentado sin importar los títulos que ostente, por ello es que señoras diputadas y señoras senadoras, diputados y senadores, es necesario que nuestra legislación federal subsane estas lagunas para que verdaderamente se persiga y se sancione a los delincuentes.

 

Es preciso que actuemos a nivel federal para frenar la comisión de este delito, a través de esta adición al Código Penal Federal, así debemos de evitar la impunidad de la que gozan los delincuentes, aprovechando estos vacíos legales y afectando y vulnerando a las víctimas, sobre todo, a las mujeres.

 

Es cuanto, señor Presidente.

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