TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA BERENICE MONTES ESTRADA, PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 472 Y 473 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

3 de Febrero de 2022

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Ciudad de México, 3 de febrero de 2022

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA BERENICE MONTES ESTRADA, PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 472 Y 473 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

 

DIPUTADA BERENICE MONTES ESTRADA (BME): Muchas gracias, muy buenas tardes.

 

Con la venia de la Presidencia.

 

Honorable Asamblea:

 

A nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, hago uso de esta tribuna para presentar la iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 472 y 473 de la Ley Federal del trabajo.

 

Con el objetivo de incorporar la modalidad de teletrabajo en lo relacionado con los riesgos de trabajo.

 

Compañeras y compañeros diputados:

 

Como sabemos, el pasado 11 de enero de 2021, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Reforma en materia de teletrabajo, la primera regulación de esta modalidad laboral en la historia de nuestro país.

 

No obstante, en México, el Home Office, como también se le conoce a esta modalidad, ya había sido puesto en práctica por diversas organizaciones desde hace varios años.

 

De acuerdo con el informe de teletrabajo en América Latina, elaborado en el año 2018 por 5G Américas, se indica que el país fue el segundo con mayor número de trabajadores a distancia, con 2.6 millones sólo detrás de Brasil;  sin embargo, en 2020, con la llegada de la pandemia, el porcentaje de los mexicanos con trabajo remoto permanente se disparó del 34 al 68%, según la encuesta regional realizada en ese año.

 

De acuerdo con este estudio, México destaca regionalmente en la evaluación y proyección del teletrabajo, debido a que 84% de las personas aún con la emergencia les ha gustado vivir la experiencia de teletrabajo, además, el 76% encuentra que se adapta a su puesto.

 

Este panorama puso en evidencia la necesidad de definir los derechos y las obligaciones de las empresas y los empleados en una relación de teletrabajo, lo cual finalmente ocurrió con el nuevo marco legal.

 

Este fue un paso muy importante, porque en México, el Fomento de la cultura del teletrabajo tiene muy poco tiempo y el nuevo marco legal permitirá que se aproveche más convirtiéndose en una herramienta habitual en un futuro próximo.

 

Compañeras y compañeros:

 

Una de las principales características y beneficios del teletrabajo es que no se requiere la presencia física del colaborador en un determinado centro o área laboral, pero esto no significa que la ausencia de desplazamiento no represente la posibilidad de tener algún riesgo.

 

Es decir, en esta modalidad los colaboradores, pueden estar padeciendo condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo, cargas laborales excesivas, jornadas laborales superiores a las previstas en la ley, que no permiten la recuperación y descanso de los empleados., interferencia en la relación, trabajo, familia, amigos, etcétera.

 

Por lo anterior, es indispensable comenzar a prevenir los riesgos derivados del teletrabajo y la primera acción necesaria para lograr este objetivo es reconocer su existencia en la Ley Federal del Trabajo, motivo de la presente iniciativa.

 

A pesar de no ser los mismos que los de la modalidad presencial, los riesgos laborales en el trabajo a distancia, deben tenerse en cuenta por parte de todo patrón preocupado por la salud y seguridad laboral de sus empleados, el teletrabajo o trabajo a distancia, mantiene la relación contractual empleador – empleado, no la modifica, por lo que ha de ajustarse a toda la normatividad vigente, también a aquella que hace referencia a la prevención de riesgos laborales.

 

De acuerdo con la legislación vigente, específicamente en el artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo, el riesgo de trabajo se define como los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo; sin embargo, no se considera al teletrabajo en los artículos que aluden a sus riesgos.

 

Por lo anterior, el objetivo de la presente iniciativa es incorporar esta modalidad laboral en lo relacionado con los riesgos de trabajo para que no exista ninguna ambigüedad o vacío legal que vaya en detrimento de las y los trabajadores mexicanos.

 

Por su atención, muchas gracias, es cuánto.

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